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Malecón Tajamar cancelado definitivamente: magistrada

Con las declaraciones de la magistrada del Tercer Tribunal Colegiado de Justicia, del Vigésimo Séptimo Circuito con sede en Cancún, Celina Haidé Avante Juárez, de que los proyectos del Malecón Tajamar están definitivamente cancelados como consecuencia del fallo de 2017 emitido por esta misma instancia, la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios (AMPI) en Cancún ha confirmado los datos del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), con respecto a que la ciudad dejará de ingresar más de 10 mil millones de pesos en inversión del Malecón Tajamar, tras la sentencia que dio paso a la cancelación de los proyectos a desarrollar en la zona.

El Tribunal fundó su sentencia en los principios de prevención, precaución, responsabilidad y desarrollo sustentable, así como el reconocimiento de derechos colectivos que prevalecen sobre la propiedad privada, y es un referente histórico en la lucha por la protección y respeto del medio ambiente, aseguró la magistrada al participar en el 4to Foro Regional “Construyendo Alianzas Mujeres y Medio Ambiente”, que se realizó en el Centro de Convenciones de la zona hotelera de Cancún.

“El caso Tajamar tiene una importancia clave creo yo, en el derecho mexicano, porque representa un primer logro al menos en Quintana Roo para reconocer que el planeta se está cayendo a pedazos, y que es sumamente importante sobre todo para aquellos que estamos adscritos a paraísos naturales, que tenemos que ver el derecho con perspectiva de prevención, antes de que nos alcance el daño ecológico, porque la salud y la vida de los seres humanos y animales está en peligro”, explicó la magistrada responsable del fallo a El Economista.

“La sentencia de Tajamar es una sentencia que ha causado ejecutoria, eso significa que es una sentencia definitiva, contra la cual ya no procede ningún recurso, toda vez que se deriva de un recurso de revisión de amparo”, agregó la magistrada.

Lo que queda aún pendiente es que se dé cumplimiento a la sentencia dictada por el tribunal colegiado, es decir, que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) acaté el fallo que la obliga a restituir las cosas a su estado original, es decir, reforestar las 72 hectáreas que conforman la zona conocida como Malecón Tajamar, sin contar las vialidad ni las construcciones ya edificadas hasta antes del fallo, además de abstenerse de emitir nuevos permisos para la construcción de nuevas edificaciones.

En visita a Cancún, en entrevista con NITU.mx, el actual titular del Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur), Rogelio Jiménez Pons, señaló que el tema de Tajamar es un problema muy grave que esperaba poder resolver de la mejor manera para todos los involucrados, ya que se trata de inversiones millonarias que ayudarán a detonar el entorno económico de Cancún. (Tajamar, un embrollo grave que el actual gobierno pretende dejar a la administración de AMLO).

Antecedente

El Centro Mexicano de Derecho Ambiental en representación de Araceli Domínguez Rodríguez y otras trece participantes del Movimiento Salvemos Manglar Tajamar, presentó a principios de 2017 el recurso de revisión 88/2017, que derivó del juicio de amparo 1064/2015, en contra de sentencia por parte del Juzgado Tercero de Distrito en Quintana Roo, quien había sobreseído el juicio de amparo interpuesto por supuestamente no acreditar interés legítimo para combatir la autorización de impacto ambiental del proyecto denominado “Anteproyecto Malecón Cancún”, contenida en el oficio S.G.P.A./DGIRA.DEI.1855.05 de veintiocho de julio de dos mil cinco, expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), así como los trabajos de tala y remoción de manglar con maquinaria pesada, por violar el derecho humano a un ambiente sano.

Derivado de una revisión en el expediente, el Tribunal evidenció que no existía constancia de que la urbanización y edificación del Malecón estuviese terminada, por lo que determinó la devastación hecha en los predios no se trató nunca de actos consumados de forma irreparable, como pretendía hacerlo valer Fonatur, promovente del proyecto en cuestión.

Ante ello, el Tribunal resolvió que aún es factible reforestar las zonas de mangle afectadas y en función de ello el fallo definitivo obliga a la Semarnat a la restitución del mangle impactado, tomando en cuenta opiniones técnicas de expertos.

El Tribunal fundó su sentencia en los principios de prevención, precaución, responsabilidad y desarrollo sustentable, así como el reconocimiento de derechos colectivos que prevalecen sobre la propiedad privada; referente histórico en la lucha por la protección y respeto del medio ambiente.

El Tribunal también fundó su resolución bajo la premisa de que la Semarnat debió procurar la máxima protección posible al medio ambiente para garantizar en el ámbito de sus competencias, la aplicación y respeto de los derechos humanos establecidos en la Constitución y los tratados internacionales suscritos por México.

“El aseguramiento del goce y ejercicio de derechos y libertades no se agota con la mera existencia de un orden normativo, sino que exige una conducta de justiciabilidad de derechos ambientales; lo cual con esta sentencia se logra que se garantice el disfrute del derecho al medio ambiente sano”, se lee en la sentencia. (El Economista).

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