El Senado aprobó por unanimidad y sin discusión en el pleno, reformas a la Ley de Aviación Civil y a la Ley Federal de Protección al Consumidor, las cuales obligan a las aerolíneas a realizar compensaciones por retrasos o cancelación de vuelos.
El proyecto eleva a ley los “derechos de los pasajeros”, y establece una definición de “pasajero” y “boleto”, a fin de que los prestadores del servicio homologuen sus contratos.
Aprobada con 80 votos a favor, la ley establece que, en caso de que se presenten demoras de más de cuatro horas en este servicio, se reembolsará el 100% del boleto más el 25% de su costo.
Cuando exista un retraso entre dos y cuatro horas, las aerolíneas ofrecerán un descuento del 7.5% para futuros viajes, además de ofrecer alimentos y bebidas.
Además, se permite a los pasajeros llevar al menos una maleta de 25 kilogramos sin cobro alguno.
Como lo hemos seguido en NITU.mx, esta historia inicio en la Cámara de Diputados, e incluso la líneas aéreas en su momento han manifestado que pudieran ampararse si no están de acuerdo en las sanciones que impongan los legisladores. (Aerolíneas pueden ampararse ante sanciones por retrasos: SCT).
Las quejas de los usuarios siguen creciendo, sobre todo con las demoras en el aeropuerto de la Ciudad de México, las lineas aéreas han acusado a la saturaciòn de la terminal aérea, para justificar sus demoras, misma situación que ha provocado el reclamo y aclaración del aeropuerto que asegura que solo el 20% de las demoras son imputables al aeropuerto. (Profeco recibió 265 quejas contra aerolíneas)











