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Tren Maya

Tren Maya: Expropiarán 48 mil m2 de Quintana Roo, Campeche, Tabasco y Yucatán

La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano informó (Sedatu), a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), la Declaratoria de causa de utilidad pública relativa a 48 mil 661.703 metros cuadrados, correspondientes a 14 inmuebles de propiedad privada, en los estados de Campeche, Tabasco, Quintana Roo y Tabasco, que serán destinados para la construcción de obras de infraestructura pública relacionadas con el Proyecto Tren Maya.

El documento detalla que se declara de utilidad pública el desarrollo del Proyecto Tren Maya; en los municipios de Candelaria, Champotón y Campeche en el estado de Campeche; Tenosique en el estado de Tabasco; Umán en el estado de Yucatán; Othón P. Blanco, Puerto Morelos, Solidaridad, Tulum y Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo, que se materializará en la construcción de obras de infraestructura pública sobre los inmuebles que suman una superficie total de 48,661.703 m² (cuarenta y ocho mil seiscientos sesenta y uno punto setecientos tres metros cuadrados), correspondientes a 14 (catorce) inmuebles de propiedad privada detallados a continuación, requeridos para la construcción de dicha obra de infraestructura pública.

Los inmuebles que serán parte de esta nueva expropiación son:

Tramo 1

Municipio de Candelaria, estado de Campeche:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
1.T1-CAM-CAN-PRIV-EXPR-21b20505 (Ciudad del Carmen)No Consta129.68
2.T1-CAM-CAN-PRIV-EXPR-21cNo constaNo consta310.31

Municipio de Tenosique, estado de Tabasco:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
3.T1-TABA-TEN-SOC-PARC-TM-410a771362R-004241,604.64

Tramo 2

Municipio de Champotón, estado de Campeche:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
4.143-CAM-CHA-EXPR-PRIVNo constaNo consta30.24

Municipio de Campeche, estado de Campeche:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
5.259-CAM-CAM-EXPR-PRIVNo constaNo consta16.20

Tramo 3

Municipio de Umán, estado de Yucatán:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
6.T3/YUC-UMA/PRIV-EXPR/16No constaNo consta44,078.63

Tramo 5

Municipio de Solidaridad, estado de Quintana Roo:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
7.T5-ETV-021No constaNo consta187.71

Municipio de Puerto Morelos, estado de Quintana Roo:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
8.T5-ETV-030317710602200200100156000252.30

Tramo 6

Municipio de Felipe Carrillo Puerto, estado de Quintana Roo:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
9.6ETV-017-A3410 (Othón P. Blanco)1022401019F-X636.14
10.6ETV-017-B2674 (Othón P. Blanco)1022401019F-XI904.63

Municipio de Othón P. Blanco, estado de Quintana Roo:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
11.6SO-23004-02130-TC157207 (Othón P. Blanco)No consta37.96

Municipio de Tulum, estado de Quintana Roo:

No.PolígonoFolioCuenta CatastralSuperficie de
afectación
metros
cuadrados
12.6SO-23009-0047J214040 (Playa del Carmen)902011002814001-10201.00
13.6SO-23009-00050a248191 (Playa del Carmen)902011002815004-30163.15
14.6SO-23009-0067a214030 (Playa del Carmen)902011002814001109.113

Los planos topográficos de los referidos inmuebles y el expediente formado con motivo de la presente declaratoria, quedan a disposición de todas aquellas personas físicas o morales que acrediten y justifiquen un derecho o interés jurídico, en la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, ubicada en calle Carolina número 77, colonia Ciudad de los Deportes, Alcaldía Benito Juárez, código postal 03710, en la Ciudad de México, con horario de atención de 10:00 a 15:00 horas, de lunes a viernes.

Se indica que deberá notificarse  personalmente a los titulares de los bienes y derechos, en el domicilio que de ellos conste en el expediente correspondiente. En caso de ignorarse quiénes son los titulares o bien se desconozca su domicilio o localización, efectúese una segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación, conforme a lo establecido en el artículo 2o. fracción II de la Ley de Expropiación.

Los interesados tendrán un plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación o de la segunda publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Declaratoria, para manifestar ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Desarrollo Agrario Territorial y Urbano, lo que a su derecho e interés convenga y presenten las pruebas que estimen pertinentes.

Previo convenio con los propietarios de los predios involucrados en la presente Declaratoria, se procederá a la ocupación inmediata de los mismos, de conformidad con el artículo 9 Bis fracción III de la Ley de Expropiación. (Tren Maya, AIFA y Mexicana son rentables y van ‘requetebién’, afirma Sheinbaum).

Fuente de datos meteorológicos: Wetter 30 tage