El gobierno federal recurrió a un recurso extremo al anunciar la expropiación de un millón 93 mil 118.93 tres metros cuadrados para la construcción del tramo 5 del Tren Maya en sus partes norte y sur.
El decreto fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este lunes, y afecta a 36 inmuebles de propiedad privada distribuidos en los municipios de Benito Juárez (Cancún), Puerto Morelos, Solidaridad (Playa del Carmen), en donde se concentran la mayoría, y Tulum.
De esta manera, la federación tendrá a su disposición al área para desarrollar el polémico tramo 5 del proyecto de infraestructura turística más emblemático de la actual administración, y que está prometido para entregarse a finales de 2023.
La publicación del decreto indica a detalle los 36 inmuebles que serán expropiados bajo los procedimientos de ley, el polígono al que corresponden, folio, cuenta catastral y los metros cuadrados afectados de cada uno.
Destaca que la expropiación incluye las construcciones e instalaciones que se encuentren en los propios terrenos y que formen parte de ellos; y será la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), la que procederá a la ocupación inmediata de los bienes de esta expropiación; y advierte que la interposición de cualquier medio de defensa no suspenderá la ocupación señalada en el párrafo anterior.
La dependencia federal cubrirá el monto de la indemnización que en términos de ley deba pagarse a quienes acrediten su legítimo derecho, de conformidad con los avalúos que emita el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, indica el DOF.
El Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur Tren Maya, S.A. de C.V.) y Sedatu se coordinarán ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para solicitar las erogaciones que deban cubrirse con motivo de la entrada en vigor del presente decreto.
Como lo indica la ley en la materia, el afectado podrá solicitar la insubsistencia de la expropiación en términos de la normativa aplicable, y deberá notificarse personalmente a los interesados este decreto. En caso de ignorarse el domicilio de éstos, se deberá realizar una segunda publicación en el DOF para que surta los efectos de notificación personal.
Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de este decreto, los interesados podrán acudir al procedimiento judicial a que se refiere el artículo 11 de la Ley de Expropiación, con el único objeto de controvertir el monto de la indemnización.
Sedatu queda a cargo de la inscripción del presente decreto en el Registro Público de la Propiedad Federal y en el Registro de la Propiedad estatal que corresponda. (Tren Maya concentra su construcción en Tabasco, Campeche y Yucatán).











