La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que son los pasajeros los que deben decidir si viajan o no con equipaje, por lo que las aerolíneas pueden ofrecer una tarifa preferencial en caso de que viajen sin maletas.
Esto se determinó hace varios años en un pronunciamiento mediante diversas tesis de jurisprudencia y aisladas, y ahora es recordado por especialistas en la Ley de Aviación Civil, luego de un enfrentamiento entre la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y las aerolíneas de bajo costo mexicanas respecto a la obligatoriedad de ofrecer equipaje a los pasajeros.
“El diseño legislativo resulta acorde con la protección especial que merece el consumidor de transporte aéreo que, en la mayoría de las ocasiones, no advierte que los precios más bajos que se ofrecen no incluye un mínimo de equipaje”, señaló Pablo Casas Lías, abogado especialista.
El especialista agregó que, habitualmente, las aerolíneas sólo resaltan cierta información selectiva al consumidor, por lo que los pasajeros no advierten que su pago no incluye un mínimo de equipaje y, finalmente, terminan pagando un precio mayor para poder llevar consigo maletas en sus viajes, añadió.
En este sentido, las fracciones IX y X del artículo 47 Bis de la Ley de Aviación Civil establecen el mínimo de equipaje que las aerolíneas deben permitir a los pasajeros; también dispusieron que el costo respectivo de un boleto aéreo debe incluir el derecho a documentar equipaje y transportar equipaje de mano.
Asimismo, estas fracciones (que fueron introducidas en noviembre de 2018), dan “absoluta libertad para ofrecer vuelos a precios accesibles en caso de que el pasajero decida viajar sin equipaje, incentivando así, un ambiente de libre competencia”.
“Resulta absurdo que las aerolíneas y autoridades, a pesar de que la SCJN se ha pronunciado sobre el derecho del pasajero a transportar un mínimo de equipaje sin costo alguno, sigan violentando o busquen evadir impunemente la ley”, añadió Casas Lías.
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